MI MÉXICO MÁGICO
- Redacción
- 28 jul 2021
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 24 nov 2021
"LA PREGUNTA DEL MILLÓN"
POR: IVÁN MENDOZA
Una de las responsabilidades más grandes de un servidor público es la de guardar la compostura y desarrollar su trabajo apegado a los códigos y directrices de comportamiento propias de la institución a la que representa.
Este fin de semana fuimos testigos de que, a veces, los impulsos e instintos básicos del ser humano, pueden hacernos errar el camino y faltar a esos códigos. El viernes pasado un ciudadano mexicano, arriesgando hasta cierto punto su integridad, evidenció a una pareja de policías municipales del municipio de Ecatepec, en el Estado de México, cuando éstos sostenían relaciones sexuales a bordo de una patrulla y con, todavía, algunas prendas del uniforme. En el video se aprecia cómo el ciudadano se acerca sigilosamente a la unidad que, por cierto, se encontraba en un predio con las puertas delanteras abiertas y sin aparente movimiento dentro –cosa que por supuesto pone a sospechar hasta al más incrédulo- para descubrir en el interior “el acto” en cuestión. Segundos después, sin que los oficiales se dieran cuenta de lo sucedido, el testigo sale corriendo del lugar.
Este video por supuesto, gracias al contenido, se hizo viral en pocas horas a través de redes sociales y, ni tardos ni perezosos, las autoridades y los mandos policiacos de Ecatepec anunciaban que ambos elementos habían sido destituidos de sus cargos por “faltar al régimen disciplinario”.
Podríamos pensar que este cuento vio su final muy rápida y apropiadamente, pero déjeme plantearle un factor que, si bien es cierto algunos medios han retomado, no ha tenido el escenario debido: “La Ley Olimpia”.
¿Qué tiene que ver?
Bueno, desde hace un par de años los códigos penales de los estados mexicanos han incluido reformas para evitar y castigar, en pocas palabras, la difusión y distribución de imágenes con contenido sexual sin el consentimiento de las personas involucradas. Y lo que vemos en el video es justamente eso: contenido sexual explícito donde, además, se aprecia perfectamente el rostro de la oficial involucrada.
Si bien es cierto que el Código Penal del estado de México, al igual que el de varios estados, incluido San Luis Potosí, prevé el castigo para quien obtenga, revele, difunda, publique o exhiba material con contenido sexual, erótico o pornográfico sin consentimiento de la víctima, también menciona que este el proceso para determinarlo se iniciará si, y solo si, la victima presenta una querella.
¿A qué vamos con esto?
Por una parte, claro está, el riesgo de revictimización que representa el visitar continuamente al Ministerio Público para llevar a cabo el molesto y burocrático proceso de denuncia que la víctima tiene que enfrentar.
Por otro lado, hablamos de la posible sanción a la que puede ser acreedor quien grabó y difundió el material. A pesar de que aún hoy se desconoce la identidad de esta persona y que, si bien es cierto, lo que hace se puede interpretar como una denuncia ciudadana por los motivos expuestos al principio: dos policías sosteniendo relaciones sexuales en horario de trabajo, a bordo de una patrulla y con el uniforme puesto; en caso de que alguna de las partes involucradas interponga la denuncia correspondiente, las autoridades estarían en condiciones de identificar y perseguir al ahora ya no denunciante, sino agresor.
Los códigos penales, por ejemplo, del Estado de México y de San Luis Potosí, no hacen excepción alguna cuando las personas involucradas en los materiales difundidos son servidores ni habla de denuncias ciudadanas. En este sentido, insisto, hoy quien denuncia puede ser considerado agresor.
Y esto solo lo sabremos, tal vez, si llegamos a conocer los verdaderos motivos que llevaron al ciudadano a revelar y difundir el material. Con lo que estaríamos, entonces, ante una de tantas posibilidades y rutas para perfeccionar la ley.
Tal vez este concepto ya está siendo abordado y posiblemente alguien incluso está trabajando en ello. Pero entonces…
¿Puede la intención convertir a un denunciante en agresor o a un agresor en denunciante cuando hay servidores públicos involucrados?
Esa, amigas y amigos, es la pregunta del millón.
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