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Concesionarios deben otorgar seguridad social a sus operadores

Foto del escritor: Fernanda  Ortiz
Fernanda Ortiz
12 jun 2020
1 min de lectura

Los concesionarios del transporte público tendrán que cumplir y acreditar que cumplen con sus obligaciones de brindar seguridad social a los operadores, lo tendrán que comprobar ello la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en cada pase de revista, señaló el diputado Cándido Ochoa Rojas.


Informó que el pleno del Congreso del Estado ya aprobó, la reforma al artículo 81 en su fracción XXI de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, en donde se precisan estas obligaciones para los concesionarios del transporte público.

Es importante generar certidumbre al establecer con claridad que los operadores del transporte público cuenten con las prestaciones de seguridad social como es la atención médica, pensiones y la posibilidad de contar con una vivienda a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Recordó que la anterior redacción de la fracción XXI del artículo 81 de la Ley Estatal de Transporte Público, “si bien establecía como una obligación a cargo de los concesionarios del servicio público local de transporte de pasajeros, el que otorguen a sus operadores, las prestaciones de seguridad social que marca la ley. Ello no se cumplía en la práctica, es decir no se lleva a cabo toda vez que no se otorga a ningún chofer ese derecho”.

El legislador Ochoa Rojas, destacó que es por ello, que se modificó esta fracción dotándola de una redacción que obligue a los concesionarios a cumplir; y ello es factible al haber señalado con claridad que, en cada revista o revisión que periódicamente efectúan ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, deben acreditar haber cumplido esa obligación.

 
 
 

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